Tus derechos antes de firmar
- 10 días naturales como mínimo con la FEIN, la FiAE y el borrador del contrato antes de firmar.
- Una visita gratuita a la notaría, antes de firmar, para que te explique las condiciones (acta de transparencia).
- El banco paga notaría, registro, gestoría y el impuesto de la hipoteca. Tú, la tasación.
- Interés de demora: como mucho el ordinario + 3 puntos. Cláusula suelo: prohibida.
- Si el seguro no te da bonificación, lo puedes contratar con quien quieras con las mismas coberturas.
- El banco solo puede reclamar toda la deuda si dejas de pagar el 3 % del capital (12 cuotas) en la primera mitad del plazo, o el 7 % (15 cuotas) en la segunda, y después de avisarte con un mes para pagar.
Fuente: Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Si algo de tu oferta no cuadra, consúltalo con la notaría en la visita gratuita, o con el Banco de España.
¿Merece la pena bonificar?
Las bonificaciones bajan el interés a cambio de contratar productos del banco. Solo compensan si lo que te ahorras en intereses es más que lo que te cuestan esos productos, descontando lo que gastarías igualmente por tu cuenta. Ten en cuenta que los seguros suelen subir con los años y que puedes renunciar a las bonificaciones más adelante: entonces el interés sube al «sin bonificar».